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@jotaeme , tu situación estaría contenida en el apartado A y C.
No estoy de acuerdo, la compraventa de un coche no es prestación de servicio. (con esto nos referimos por ejemplo a los servicios profesionales de un abogado, un médico, etc) y respecto al apartado c) tampoco estoy de acuerdo, el bien, en este caso, no se ha fabricado conforme a las especificaciones, órdenes o instrucciones del cliente. Aquí se refiere a aquellos bienes "de encargo" que, por su especificidad son difícilmente recolocables en el mercado.
Insisto, si está dentro de los 14 días, no debería tener problema, y si han pasado, aún sería discutible, el bien no ha podido ser entregado, (bien, por fuerza mayor) pero, la compraventa se perfecciona con la entrega del bien, y en segundo lugar, la normativa de consumo nunca se puede interpretar en contra del consumidor.
Lamento la "chapa"...
Yo les mandaba mañana un burofax, en teoría no han empezado a contar, la compraventa no se ha perfeccionado al no haber entrega del bien. Si quieres echarla atrás, cuanto antes mejor
Mira, por probar no pierde nada, salvo el cabreo que alguien puede coger... pero va ser que un coche no es una cafetera del carrefour... dónde no pasa nada si está en las mismas condiciones que fue entregada, la vuelven a poner en la estantería y que pase el siguiente... Si lo llamaron para recogerlo, ese coche ya está a su nombre matriculado y es suyo, una vez matriculado el valor del mismo ya disminuye en torno a dos o 3.000 eurosYo les mandaba mañana un burofax, en teoría no han empezado a contar, la compraventa no se ha perfeccionado al no haber entrega del bien. Si quieres echarla atrás, cuanto antes mejor
El Burofax puedo enviarlo desde la pagina web de correos, pero si ellos estan cerrados como lo reciben? Y que debería de poner en el burofax? Hay alguna plantilla o algo?
No estoy de acuerdo, la compraventa de un coche no es prestación de servicio. (con esto nos referimos por ejemplo a los servicios profesionales de un abogado, un médico, etc) y respecto al apartado c) tampoco estoy de acuerdo, el bien, en este caso, no se ha fabricado conforme a las especificaciones, órdenes o instrucciones del cliente. Aquí se refiere a aquellos bienes "de encargo" que, por su especificidad son difícilmente recolocables en el mercado.
Insisto, si está dentro de los 14 días, no debería tener problema, y si han pasado, aún sería discutible, el bien no ha podido ser entregado, (bien, por fuerza mayor) pero, la compraventa se perfecciona con la entrega del bien, y en segundo lugar, la normativa de consumo nunca se puede interpretar en contra del consumidor.
Lamento la "chapa"...
Mi caso no tiene nada que ver con el de Jotaeme, aún no he pagado el coche, porque en principio me entregaban el coche en febrero, pero de repente ha aparecido uno en Sagunto y parece ser que me lo adjudican (llevo así una semana y todavía siguen sin adjudicármelo), me mosquea que haya aparecido de la nada. Las explicaciones del comercial (que parece que no sabía nada hasta que le llamé porque me salió en la aplicación), me convencen. Pero el caso es que:No estoy de acuerdo, la compraventa de un coche no es prestación de servicio. (con esto nos referimos por ejemplo a los servicios profesionales de un abogado, un médico, etc) y respecto al apartado c) tampoco estoy de acuerdo, el bien, en este caso, no se ha fabricado conforme a las especificaciones, órdenes o instrucciones del cliente. Aquí se refiere a aquellos bienes "de encargo" que, por su especificidad son difícilmente recolocables en el mercado.
Insisto, si está dentro de los 14 días, no debería tener problema, y si han pasado, aún sería discutible, el bien no ha podido ser entregado, (bien, por fuerza mayor) pero, la compraventa se perfecciona con la entrega del bien, y en segundo lugar, la normativa de consumo nunca se puede interpretar en contra del consumidor.
Lamento la "chapa"...
Muchas gracias por la información, quizá no me expliqué bien en la primera pregunta que era mucha mas sencilla de la que yo he expuesto en mi afán de explicar la situación, la pregunta es: ¿tienen obligación los concesionarios de enseñarte el coche antes de pagar el vehículo? Yo he comprado coches de otras marcas y nunca he tenido problemas, pero con esta marca, creo que estoy leyendo demasiado, veo que muchas personas han tenido problemas con el modelo de coche contratado. Es por eso mi "mosqueo". El coche lo quiero, lo probé y me encantó. No quiero cambiar ni nada por el estilo y si me lo dan antes de lo esperado pues mejor, pero tampoco tengo prisa que si me tengo esperar a febrero, me espero.Debes llamar a tu comercial y decirle que quieres ver el coche y asegurarte de que es el que tú quieres antes de pagarlo. Por supuesto si has dado señal y luego no es el modelo exacto que tú has pedido y pagado, puedes declinar el coche. Esto está en el contrato que debes tener firmado. Si mal no recuerdo, creo el comercial tiene la obligación de avisarte de si hay cualquier cambio en el coche pedido, y que luego tú tenías 15 días de plazo a partir de ese aviso para aceptar o declinar el coche si hay cambios.
Pues me dejas mucho más tranquilo, porque el coche como dije antes lo quiero y cuanto antes mejor. Solo quiero tener la seguridad de que me dan lo que yo he pedido y no sale un coche parado durante un año, porque para eso me espero y lo compro nuevo de verdad. Que no vale dos euros para que te "vacilen", Por el momento tengo confianza en mi comercial, pero quiero verlo antes de pagar, en concesionarios pequeños no llega el coche hasta que lo pagas y eso, leyendo lo que estoy leyendo, me hace desconfiar. Tanto Toyota como fabricante y el concesionario como intermediario, en diciembre, final de año, tienen necesidad de cerrar el año con ventas y facturación cerrada. ¿De repente sale un coche como el que yo he pedido en Sagunto?, eso me "mosquea".Yo compré el coche y lo devolví. En el contrato de compra decía que tenía 7 días o 1000kmn para devolver el vehículo sin explicación alguna.
Pero no te devuelven el dinero. Debes comprar otro coche de igual o mayor valor en el mismo concesionario.
Saludos.
Entiendo y es evidente que no lo van a matricular si no lo pago, hasta ahí llego. También releyendo el contrato como me dices, veo un punto interesante y es de conveniencia a los futuros compradores.No tienen obligación de enseñarte el coche antes de pagarlo entero, pero tú tampoco tienes obligación de pagarlo si no te lo quieren enseñar... tú decides.
Lo que sí es seguro es que si hubiese algún cambio en el modelo de coche por lo del cambio 2020-2021, en primer lugar el concesionario está obligado a avisarte (esto viene en el contrato, al menos en el mío de cuando pagué la señal) y en segundo lugar tú tienes 15 días para resolver el contrato en caso de que no te lo quisieras quedar. Así que las dudas que tienes, que son lógicas, deberían quedar cubiertas por este punto del contrato (aunque insisto, lo suyo es que lo revises bien para ver lo que dice).
Yo por ejemplo pagué el coche entero antes de matricularlo, cuando me avisaron de que ya había llegado. Justo ese mismo día por la tarde, me llamaron para verlo, lo matricularon y me lo entregaron 3 días después. Y entiendo por parte de ellos, que no lo van a matricular sin que lo hayas pagado antes...